Política

Agresiva campaña en Apartadó

Un candidato abiertamente inhabilitado y otro a quien el CNE le resuelve mañana lunes su situación, al tiempo que aumenta la agresividad, es el triste panorama que arroja la irresponsabilidad de quienes se autoproclaman líderes del pueblo.

Análisis de la noticia/El Pregonero del Darién

A una semana de las elecciones atípicas para elegir alcalde de Apartadó, en reemplazo del destituido mandatario Héctor Rangel Palacio, solamente reina la confusión y la incertidumbre, sin que otra aspiración logre fortalecer una tercería con opciones de triunfo.

La campaña sigue polarizada entre los sectores que lideran, por un lado, Adolfo Romero y su compañero de equipo el exalcalde Felipe Cañizalez y por el otro, Héctor Rangel, de la mano del también exmandatario, Eliecer Arteaga Vargas. Ambas campañas miden sus fuerzas en la plaza pública con marchas y actos masivos de sus simpatizantes.

Accidentada campaña

Una de las campañas más accidentadas ha sido la del llamado “rangelismo” a cuyo candidato inicial Eliecer Arteaga el Consejo Nacional Electoral le negó la posibilidad de participar en la contienda por estar inhabilitado.

Ello motivó una precipitada inscripción justamente del alcalde destituido Héctor Rangel Palacio, quien contra viento y marea se hizo inscribir el fin de semana vía tutela, tras un controvertido fallo, toda vez que un juzgado de Apartadó le negó las pretensiones, pero otro despacho judicial de Turbo se las concedió, situación que será dirimida esta semana, muy probablemente el martes, para establecer si su aspiración queda en firme o si por el contrario se cae por improcedente.

Rangel inhabilitado

Pese a que varios reconocidos abogados, incluyendo a un experto constitucionalista profesor de derecho, han conceptuado que el señor Rangel Palacio está inhabilitado para aspirar nuevamente a la alcaldía de Apartadó, al menos por este período, él sigue insistiendo y atribuyendo sus errores a una persecución política lo que es totalmente falso a la luz del derecho.

Para el analista político Guillermo Mejía, Héctor Rangel está inhabilitado por que ya ejerció autoridad un año antes de las elecciones. Art. 37, # 2, ley 617/00. Está claramente inhabilitado. Art.454 del Código Penal.

El profesor universitario y experto constitucionalista Ramón Elejalde afirma: Está totalmente inhabilitado. El juez de Turbo está, posiblemente, incurso en un delito de prevaricato.

En medio del candente panorama, ya hubo un intento de incenciar la Alcaldía y hay amenazas contra la Registraduría.

Otro concepto más amplio:

“Héctor Rangel Palacios Rodríguez no puede inscribirse como candidato en las elecciones atípicas para la alcaldía de Apartadó, programadas para el 6 de abril de 2025. A continuación, se exponen los argumentos jurídicos y jurisprudenciales que sustentan esta conclusión:”

1. Prohibición derivada de la nulidad electoral

La nulidad de la elección de Héctor Rangel Palacios Rodríguez fue confirmada por el Consejo de Estado debido a la violación de la prohibición de doble militancia, establecida en el artículo 107 de la Constitución Política de Colombia y desarrollada por la Ley 1475 de 2011. Esta norma prohíbe a los candidatos apoyar a candidatos o partidos distintos al que los avala, bajo pena de nulidad electoral. La sentencia del Consejo de Estado dejó en firme esta decisión, lo que implica que Rangel incurrió en una causal objetiva que afecta su elegibilidad.

Según el artículo 31 de la Ley 1475 de 2011, las personas cuya elección haya sido anulada por violar normas electorales no pueden participar nuevamente en el mismo proceso electoral, ni siquiera en elecciones atípicas convocadas para reemplazar el cargo anulado.

La jurisprudencia del Consejo de Estado ha reiterado que las sanciones derivadas de una nulidad electoral buscan proteger la integridad del sistema democrático y evitar que quienes han vulnerado las reglas del juego electoral obtengan ventajas indebidas.

Una candidatura que sigue enmarañada jurídicamente hablando

Principio de moralidad administrativa

El artículo 209 de la Constitución establece que las actuaciones administrativas deben regirse por los principios de moralidad y legalidad. Permitir que una persona cuya elección fue anulada por infringir normas fundamentales del sistema electoral participe nuevamente contravendría este principio.

Jurisprudencia relevante:

El Consejo de Estado ha sostenido en múltiples fallos (como Radicado No. 11001-03-28-000-2013-00015-00) que las sanciones derivadas de conductas contrarias al ordenamiento electoral tienen un efecto preventivo y correctivo, evitando que se repitan las mismas irregularidades.

Otro abogado de la región

De otro lado, el abogado administrativo Marco Antonio Cairoza Díaz, quien adelanta estudios de maestría en la Universidad Santo Tomás en Bogotá, hizo las siguientes apreciaciones sobre este mismo particular, además de ratificar la inhabilidad del señor Rangel Palacio, desde otra óptica del derecho:

El Dr. Rangel no está inhabilitado por orden judicial. El Consejo de Estado, anuló su elección, pero por ello no nace automáticamente causal de inhabilidad. No nace por ello, causal disciplinaria, penales ni fiscal.

Su inhabilidad se concreta por dos causales: legal, estatutaria y constitucional. La primera por fungir como autoridad administrativa antes del año de la inscripción. Y la segunda es inelegible para aspirar al mismo cargo dentro del mismo periodo constitucional al que fue electo.

Si bien los efectos de la nulidad declarada de su elección por el Consejo de Estado son ex tunc, desde entonces, es decir nunca le entregaron la credencial de alcalde, bastante probado está que firmó contratos y ejerció las demás funciones de alcalde.

Esa prohibición busca que la competencia sea igualitaria y no haya ventajas de ningún candidato.

Quebrar el vínculo que genera la inhabilidad un año antes, fue razonable para el legislador estatutario, que al principio se deprecaba hasta el día de elecciones, luego el periodo de inhabilidad hasta el primer día de inscripción, fijado por la jurisprudencia del Consejo de Estado, esto según Calendario Electoral. Pues se consideró que desde la inscripción arranca la campaña política.

La prohibición del año antes, recae sobre el candidato o candidata que haya ejercido tales funciones de autoridad o sus familiares y afines, como el caso del Dr. Eliecer. Si por la hija del Dr. Eliecer que ejerció como autoridad civil y administrativa, le revocaron la inscripción, con mayor razón está inhabilitado el Dr. Rangel que además se desempeñó como la máxima autoridad local.

Brandon Arias

El abogado Brandon Arias también terció en este debate, aquí sus apreciaciones:

El rangelismo ya perdió las elecciones, tres errores graves por falta de asesoría jurídica y política:

ERROR #1: Desde finales de 2024, cuando se conoció la decisión de la nulidad de la elección de Héctor Rangel, dicho equipo político debió prepararse para asumir el reto de las elecciones  atípicas, sin embargo, se dejaron guiar por abogados sin escrúpulos que hicieron creer que podían reversar una decisión del Consejo de Estado, el cual es tribunal de cierre en lo contencioso administrativo, este error, hizo perder muchísimo tiempo, que pudo servir para posicionar a un candidato del movimiento “Unidos Por La Vida”, no fue sino hasta hace un  mes, que se hizo efectiva la sentencia, que se anunció como candidato al ex-Alcalde Eliecer Arteaga.

ERROR #2: Con conocimiento de causa, basándose en asesorías jurídicas y políticas mal hechas, se decidió inscribir como candidato al ex-alcalde Eliecer Arteaga, quién tenía una clara inhabilidad, y cualquier abogado que indague sobre precedentes de decisiones tomadas en el Consejo Nacional Electoral, podía advertir, que dicha inscripción podía ser susceptible de ser anulada. ¿Ningún profesional estudió el tema?

ERROR #3: Continuando con la cadena de errores, el ex Alcalde Héctor Rangel pretendió fallidamente, con bombos y platillos, inscribirse como candidato, cuando legalmente no podía, pues además de estar inhabilitado, tampoco se había ejecutoriado la decisión de nulidad de inscripción del ex alcalde Eliecer Arteaga, venciéndose así, los términos para modificar el candidato. Cabe aclarar que la registraduría negó la inscripción.

Las calles y concentraciones masivas han sido el escenario de la disputa partidista.

Otro candidato en apuros

Para agregar más confusión al tema electoral de Apartadó, para mañana lunes está prevista la audiencia en el Consejo Nacional Electoral, para definir la situación del candidato Adolfo Romero, o sea que se conocerá de manera oficial si este puede seguir adelantando su proceso político o si por el contrario queda por fuera de la puja. Así que este lunes será un día crucial para la agitada campaña partidista que ha sido revestida de todo tipo de insultos y descalificaciones, amenazas y amagues de violencia como nunca antes se había visto en esta municipalidad.

De acuerdo con la comunicación del magistrado Alfonso Campo Benítez la audiencia es para la notificación de decisión e interposición de recurso dentro del proceso de revocatoria de inscripción como candidato a la alcaldía de Apartadó y se llevará acabo a las 10 de la mañana de este lunes de manera presencial en la sede del Consejo Nacional Electoral.

Romero Benítez es avalado por la Coalición Romero, el Partido Conservador, Colombia Renaciente y la Alianza Verde. Como demandante de su inscripción aparece en el señor Víctor José Gregorio Mosquera y otros.

Sin sobresaltos

Entre tanto las otras cinco campañas continúan su marcha normal, sin sobresaltos, todos intentando atrapar el voto de opinión y mostrar la diferencia entre la polarización y los ataques personas, con ideas y propuestas. En esta competencia van:

El abogado Eduardo Enrique Zambrano Moreno, el exalcalde de Apartadó, Gonzalo Giraldo Aguirre, Luis Augusto Medina, Raúl Galezo y Geritza Echavarría Quinto.

Es de anotar también que esta campaña ya deja una investigación en el Consejo Nacional Electoral contra El Partido Liberal, Partido de la Unión por la Gente (La U), la Alianza Social Indígena y el Movimiento Alternativo Indígena Social, Mais, partidos que avalaron un candidato inhabilitado, así como una investigación de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial sobre la conducta del apoderado del señor Arteaga Vargas, José Palacio Godoy considerada inadecuada.

También se ha mezclado un atentado terrorista a la sede de la alcaldía de Apartadó e intentos de toma de la Registraduría Municipal.

En conclusión, ante la irresponsabilidad de quienes se inscriben aún conociendo de sus inhabilidades, le corresponde al elector votar a conciencia para que Apartadó no continúe en un limbo administrativo con las graves consecuencias que ello acarrea para al desarrollo en general.

Wilmar Jaramillo Velásquez

Comunicador Social Periodista. Con más de treinta años de experiencia en medios de comunicación, 25 de ellos en la región de Urabá. Egresado de la Universidad Jorge Tadeo Lozano

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